Actualmenteen terrenos acotados al efecto en la Comunidad de Madrid podrán cazarse las especies de caza menor relacionadas en la correspondiente Orden de Vedas los: Martes, jueves, sábados, domingos y festivos nacionales y autonómicos en la Comunidad de Madrid, desde los días 8 de octubre hasta el 31 de enero del siguiente año, ambos Cazamenor. Temporada general: desde el cuarto domingo de octubre (25 octubre de 2020) hasta el cuarto domingo de enero del año siguiente (24 de enero de 2021). Liebre con galgo: desde el día 12 de octubre de 2020 hasta el hasta el cuarto domingo de enero del año siguiente (24 de enero de 2021). Zorro: Además de en la EstaOrden tiene por objeto establecer las limitaciones y épocas hábiles para la práctica de la caza durante la temporada 2012-2013 en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid. A estos efectos, se entenderá que la temporada cinegética finalizará el 31 de marzo de 2013. Esta Orden, no obstante, permanecerá en vigor en tanto en LEY4/2021, de 1 de julio, de Caza y de Gestión Sostenible de los Recursos Cinegéticos de Castilla y León Extremadura, Galicia, Madrid y Murcia. Para la obtención de cualquier licencia de caza es necesario superar el Examen del Cazador. Tanto las nuevas licencias como las renovaciones podrán expedirse: LICENCIAS DE CAZA EN CASTILLA Y LEÓN LaComunidad de Madrid acaba de publicar su Orden de Vedas para la temporada de caza 2021/2022.En ella, por primera vez hace una aclaración sobre el uso de dispositivos de visión térmica o nocturna en la caza del jabalí, una Home/ Noticias de actualidad / Cantabria publica la nueva orden de vedas de caza para la temporada 2021/2022. Trofeocaza . Madrid (Madrid), España Tel. 91 805 35 52 - Email: [email protected] Puede ponerse en contacto con nuestro Delegado de Protección de Datos en el email [email protected] Consulteaquí la ORDEN de 27 de marzo de 2020 General de Vedas de Caza para la temporada 2020/2021, de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Consulte aquí la RESOLUCIÓN de 10 de marzo de 2022, de la Consejera, por la que se prorroga la vigencia de la Orden de 27 de marzo de 2020 General de Vedas de Caza para la Enlos municipios del anexo IV de la orden de vedas: Incremento de cupos: en un 30% para machos y un 100% para hembras de gamo y ciervo; en un 50% para machos juveniles y un 100% para hembras de corzo; y un 100% para hembras de cabra montés. Para evitar daños a la agricultura, el ganado o la caza, se podrá realizar una batida de gestión de Ley4/2021, de Caza y aclaraciones Anexo II. COMUNIDAD DE MADRID. En cotos privados de caza, con superficie igual o superior a 250 hectáreas podrá cazarse del 15 de agosto al 15 de septiembre, los CONSEJERÍADE DESARROLLO RURAL, GANADERÍA, PESCA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE. CVE-2021-3198. Orden MED/4/2021, de 8 de abril, por la que se regula la práctica de la caza durante la temporada cinegética 2021/2022 en el territorio de la Comunidad Autónoma de Cantabria, exceptuando el incluido en la Reserva Regional de .

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